Durante el proceso de acceder a la ley de la segunda oportunidad, intervendrán varios profesionales, por lo que se deben tener en cuenta cuatro costes claves: el del notario, el del mediador concursal, el del procurador y el del equipo de abogados que maneje su caso.
La ley regula el precio de sus tarifas. Por lo tanto, los mismos no serán muy elevados. Debe consultar esta inquietud con su equipo de abogados.
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En el caso del mediador concursal, sus honorarios están regulados de acuerdo a lo establecido en el RD 1860/2004.
Estos honorarios son establecidos por el colegio de notarios de la ciudad donde usted resida y pueden incluir cargos por páginas, copias, correspondencia, contratos, actas, testimonios y otros documentos. Según la normativa, no se cobrará ningún cargo por los trámites notariales o registrales de nombramiento del mediador concursal a particulares. En consecuencia, el coste dependerá de cada caso.
Cada despacho de abogados ofrece tarifas diferentes y estas dependen de la complejidad de su caso. Sin embargo, en caso de tener inconvenientes, el pago de esta tarifa puede realizarse en forma fraccionada mes a mes.